Según el artículo 333 de la Ley General de Salud menciona que para realizar trasplantes entre vivos, el donante deberá cubrir los siguientes requisitos:

-Ser mayor de edad y estar en pleno uso de las facultades mentales.

– Donar un órgano o tejido y que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo de forma adecuada y segura.

– Tener compatibilidad con el receptor 

-Recibir información sobre los riesgos de la intervención de un médico que no participará en el trasplante.

-Tener el consentimiento expreso. 

Fuente:

Ley General de Salud (última reforma 2018).

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