Según el artículo 333 de la Ley General de Salud menciona que para realizar trasplantes entre vivos, el donante deberá cubrir los siguientes requisitos:
-Ser mayor de edad y estar en pleno uso de las facultades mentales.
– Donar un órgano o tejido y que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo de forma adecuada y segura.
– Tener compatibilidad con el receptor
-Recibir información sobre los riesgos de la intervención de un médico que no participará en el trasplante.
-Tener el consentimiento expreso.
Fuente:
Ley General de Salud (última reforma 2018).