El día 21 de diciembre de 2017, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Seguridad Interior, en la cual se señalaba en su primer artículo transitorio que entraría en vigor un día después de su publicación; sin embargo, por su contenido controversial, a petición de Enrique Peña Nieto, Presidente de la República Mexicana, se acordó que la misma no tendría aplicación en el País hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera sobre su constitucionalidad.
El día 15 de noviembre de 2018, por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad la Ley de Seguridad Interior, ya que determinó que la Ley de Seguridad Interior resultaba inconstitucional al contener diversos artículos con los cuales se pretendía normalizar la utilización de las fuerzas armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) en temas de seguridad pública, lo cual resulta contrario al orden constitucional y convencional.
Por otra parte, los Ministros de la SCJN pronunciaron la incompetencia del Congreso de la Unión para legislar en materia de seguridad interior.
Con la presente resolución la SCJN “ha dado por concluido la revisión de la acción de inconstitucionalidad número 6/2018, y sus acumuladas con números de expedientes 8/2018, 9/2018, 10/2018, y 11/2018, las cuales fueron promovidas por Diputados Federales, Senadores, por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de los Datos Personales, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Partido Político Movimiento Ciudadano”.
Fuente de información:
http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=5794
https://www.telesurtv.net/news/corte-suprema-mexico-invalida-ley-seguridad-interior-20181115-0051.html