A principios de la semana en curso, el Partido del Trabajo presentó una iniciativa de ley, ante la Cámara de Senadores, en la que se prevé la posibilidad de elegir a los Ministros que integrarán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante un modelo de elección popular.
La mencionada iniciativa, contempla reformas a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tales como los artículos 76, 89, 94, 95, 96 y 98.
Mismas, en la que se establece:
a) Que existirá una lista que será aprobada por dos terceras partes de la Cámara de Senadores, en la cual se señalarán los candidatos a Ministros de la Suprema Corte de Justicia -mismos que deberán de cumplir “con los requisitos y criterios de elegibilidad e idoneidad”-.
b) Que la antes señalada lista, será turnará al Instituto Nacional Electoral, con el fin de que realice un proceso electoral, por medio del cual el pueblo podrá votar para elegir a los Ministros.
c) Que nuestro Máximo Tribunal, será integrado por once ministros que serán elegido, mediante votación popular, los cuales durarán en su cargo 6 años.
d) Los nuevos requisitos, con que deberán cumplir los candidatos a Ministros, tales como: Edad mínima de treinta y cinco años; poseertítulo profesional de Licenciado en Derecho -con antigüedad mínima, de diez años-, haber residido en el país durante los dos años inmediatos anteriores a la elección; no haber sido secretarios de Estado, Fiscal General de la República, Senador, Diputado Federal, ni mucho menos, titular del Poder Ejecutivo de alguna Entidad Federativa –durante, el año inmediato anterior, al de la elección.
e) Que los candidatos, no tendrán derecho a realizar ningún tipo de campaña electoral, ya que el Instituto Nacional Electoral, será el único responsable de hacer llegar a los ciudadanos la información respecto a los méritos, con los que cumplen cada uno de los candidatos.