Andrés Manuel López Obrador – Hoy Vamos a darles a conocer el análisis de la reciente aprobación de las tres Reformas Constitucionales, que representan el Marco Legal de la Cuarta Transformación: La creación de la «Guardia Nacional»; Ampliación del Catálogo de Delitos Graves que ameriten «Prisión Preventiva Oficiosa»; «Extinción de Dominio», que consiste en la recuperación de Bienes Mal Habidos por la «Delincuencia Común» y la de «Cuello Blanco o Corruptos»; quienes además del castigo, No tendrán derecho a fianza y les serán Confiscados sus Bienes Mal Habidos. Asimismo, serán Delito Grave sin derecho a fianza: «Corrupción», «Robo de Combustibles», «Robo a Casa Habitación», el «Fraude Electoral». Ya tenemos Fiscal Electoral.
– Dejamos constancia de la investigación referente a una Campaña Negra orquestada en la pasada elección. Queremos aportar como logro de la Cuarta Transformación, que en este sexenio queda establecida de verdad, la democracia y el respeto a la voluntad de los ciudadanos. Nunca más un fraude de los que se han padecido históricamente.
– En el caso de la «Guardia Nacional», es la primera vez que una Reforma cuenta con el Aval de la Totalidad de los Congresos del País.
– Ahora que quedó aprobada la «Guardia Nacional», se llevará a cabo, la Declaratoria correspondiente de «Reforma Constitucional».
– En materia de Extinción de Dominio», se modifican los Artículos 22 y 73 de la Constitución, para ampliar el Catálogo de Delitos Sujetos a Extinción de Dominio por: Hechos de Corrupción; Encubrimiento; Extorsión; Robo de Vehículos, Delitos en materia de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos; Delitos cometidos por Servidores Públicos. Objetivos: 1.- Optimizar procedimientos judiciales y administrativos en la materia; 2.- Crear el «Instituto para la administración de Bienes obtenidos por este proceso»; 3.- Creación de una «Ley Nacional de Extinción de Dominio», la cual deberá prever que, el Uso Final de los Bienes obtenidos por medio de la Extinción de Dominio, se deberá destinar para: a) «Reparación del Daño a Víctimas», b) «Implementación de Programas de Bienestar», c) «Financiar los Programas de Seguridad».
– En cuanto a la Reforma por la «Prisión Preventiva Oficiosa para Delitos Graves», se modifica el Artículo 19 de la Constitución para ampliar el Catálogo de delitos en los cuales, Todo Juez deberá ordenar la Prisión Preventiva. Estos delitos son: a) Corrupción; b) Robo de Hidrocarburos; c) Delitos Electorales; d) Abuso Sexual contra Menores; e) Feminicidio; f) Desaparición Forzada; g) Robo a Casa Habitación; h) Robo a Transporte de Carga; i) Portación de Armas de Fuego y Explosivos de Uso Exclusivo del ejercito. Objetivo: Asegurar que el curso de los juicios por estos delitos graves se sigan hasta un juicio, evitando que los delincuentes queden libres por una actuación deficiente de servidores públicos.
– Dichas Reformas mandatan la Creación o Reforma de las «Leyes Secundarias», para contar con coherencia normativa.
Reconocemos y agradecemos a los Diputados y Senadores, que nos están apoyando a tener los instrumentos, para cumplir mejor con nuestro trabajo.