La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó el 24 de enero de 2018 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por medio del cual se abroga la Directiva sobre la determinación de Zonas Geográficas para fines de distribución de gas natural.  DIR/GAS/003/96 publicada en el DOF el 27 de septiembre de 1996, con lo que se determina a todo el territorio nacional de los Estados Unidos Mexicanos como una zona geográfica para fines de distribución de gas natural por ducto, denominándose «Zona Geográfica Única».

Con anterioridad a la Reforma Energética se otorgaban permisos de distribución de gas natural con exclusividad geográfica por un periodo de 12 años. En este respecto, la Unidad de Gas Natural de la CRE aclaró que se respetarán los permisos vigentes, sin embargo, la aprobación a la nueva normativa en materia de distribución de gas natural buscará reducir trámites para las empresas, generar mayor competencia en el servicio y eliminar la exclusividad por parte de los distribuidores.

En este sentido, la CRE establecerá las reglas para aplicar la nueva regulación. En febrero se enviará un proyecto de disposiciones administrativas a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) para regular la actividad por ducto, de esta manera los interesados en distribuir gas natural podrán solicitar capacidad en los ductos existentes.

Finalmente, a mediados del año se realizará una revisión a la metodología con la que se establecen las tarifas que cobran los distribuidores de gas natural.

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