El pasado primero de junio del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por medio del cual se hacen reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA). En pocas palabras estas reformar incorporan la adición de medidas cautelares en materia de Derechos de Autor y los demás derechos reconocidos por la LFDA.
Lo anterior es de mucha importancia pues en el pasado éstas medidas se encontraban tuteladas en la Ley de la Propiedad Industrial, mismas que son muy generales (pues intentan regular medidas cautelares para distintos derechos de Propiedad Intelectual, como lo son las patentes, modelos de utilidad, marcas, etc.), tanto que abarcaban materias que no se encuentran reguladas en ésta Ley, como lo son los Derechos de Autor.
Es de destacar que las medidas cautelares que se introducen, podrán solicitarse para los siguientes 4 supuestos, exhibiendo garantía suficiente para éstas:
– La suspensión de la representación, comunicación y/o ejecución pública.
– El embargo de las entradas y/o ingresos que se obtengan por la representación, comunicación y/o ejecución públicas.
– El aseguramiento cautelar de los instrumentos materiales, equipos o insumos utilizados en la representación, comunicación o ejecución públicas.
– El embargo de la negociación mercantil, únicamente cuando las medidas previstas no sean suficientes para prevenir o evitar la violación de los derechos de autor.
Sin duda alguna un gran avance en materia de Derechos de Autor (y los demás derechos tutelados por la LFDA), pues ayuda a que los titulares de éstos derechos puedan salvaguardar sus derechos de una manera más eficaz y eficiente, atendiendo a las particulares de los Derechos protegidos por la LFDA.
A continuación les compartimos el link del DOF en donde se publicó el decreto antes señalado: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5524949&fecha=01/06/2018
Si desea mayo información respecto lo anterior, por favor no dude en contactarnos – alopezportillo@avafirm.com
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